sábado, 30 de noviembre de 2013

El retorno del ministro indultador



En El BOE nuestro de cada día informa de la última tanda de indultos del Gobierno. Uno de los que no tendrá que pagar sus crímenes es Pedro José Soriano, abogado zaragozano que estafó 30.000 euros a unos clientes. Vamos, se los robó. El ministro de Gracia estará satisfecho: habrá pagado algún favor político o personal. Claro que el Gobierno tampoco hace nada para evitar que asesinos, violadores, criminales que quieren establecer un Estado totalitario mediante la violencia salgan de la cárcel. El indulto de Pedro José Soriano parece pequeño en comparación: quizá seguirá estafando a cualquier incauto que se atreva a contratarle pero al menos no violará a ninguna mujer.

Debo explicar la asociación que me ha llevado a buscar la última trapacería del ministro de Justicia. Recuerdo que Ruiz-Gallardón trató de justificar uno de sus vergonzosos indultos señalando que el culpable había sufrido un ataque epiléptico, falaz argumento utilizado por la defensa durante el juicio. Así pues, indirectamente, nos estaba diciendo quién había luchado por el indulto: el bufete en el que trabaja su hijo. Por alguna razón, comparé esa manifestación con la que hizo Fernández Sevilla hace unas semanas, en que vino a reconocer que la UGT-A estafaba dinero público: "Si pagamos 100, la factura que presentamos ante la Junta es de 100, aunque luego nos cobren 93". En fin, uno ha dimitido, le han obligado a dimitir, pero el otro sigue satisfecho consigo mismo. Algunos políticos en España dan asco.

Son hechos probados, y así se declaran, que en el mes de octubre de 2005, Braulio y Florian , padre e hijo respectivamente, solicitaron al acusado, abogado en ejercicio y a la vez que había sido vecino de los mismos, manteniendo una estrecha relación de amistad durante 25 años, solicitaron del mismo los servicios jurídicos y de gestión relacionados con gestiones por el fallecimiento de la esposa y madre de aquellos.
A requerimiento del acusado, entregaron como provisión de fondos la cantidad de 94.000 euros, 24.000 euros al contado y 70.000 a través de una transferencia bancaria de la CAI de 10 de noviembre de 2005, más tarde el acusado les volvió a reclamar más dinero por lo que los Sres. Florian Braulio Victorio le solicitaron una rendición de cuentas informal, presentándoselas el acusado y reclamándoles 11.962,14 euros para liquidar totalmente los servicios y pagos de impuestos.
El acusado entregó más adelante un documento de liquidación de operaciones con fecha 19 de junio de 2008 en el que todavía estaban pendientes varias gestiones, reconociendo que debía de devolver a los Sres. Florian Braulio Victorio la cantidad de 40.587 euros.
El acusado en su declaración ante el Juzgado reconoció que sobraron de las gestiones realizadas unos 40.000 euros de los que se quedó 2.000 euros en concepto de honorarios, devolviendo a Florian la cantidad de 38.000 euros, no habiendo extendido por ello ningún recibo, cantidad que no fue abonada a los Sres. Florian Braulio Victorio y que el acusado se la apropió en su propio beneficio.
A raíz de todo ello se pudo comprobar que la documentación que les fue facilitada por el acusado a los Sres. Florian Braulio Victorio , en una cantidad ingresada por impuestos, constaba la cifra de 33.541,45 euros y que había tratado de ser ocultada al trazarse un grueso círculo de color azul que atravesaba el supuesto número de decenas de millar en el justificante de pago.
Solicitado un certificado de la intervención de la Hacienda Autonómica, resultó que la cantidad real que se ingresó fue de 3.541,45 euros, con lo cual se había añadido un número 3 a la izquierda de la anterior cifra.
Realizado informe pericial caligráfico, la perito concluye que se han añadido dos cifras 3 en las cantidades del total a ingresar y que aparecen rodeadas de un círculo de color azul. Estas dos cifras añadidas han sido estampadas por la misma mano que realiza el cuerpo de escritura manuscrito en ese documento.
Que esas cifras añadidas, así como los cuerpos de escritura manuscritos de los folios 36 y 167 de la causa (autoliquidaciones del impuesto de sucesiones y donaciones), presentan relación de identidad respecto al indubitado de cotejo en la curvatura inferior de la cifra 3 sin que pueda asegurar con total objetividad técnica que hayan sido estampados por la misma mano, por lo que existen dudas razonables de que el acusado manipulase dicho documento (documento de autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones del Gobierno de Aragón).

Visto el expediente de indulto de don Pedro José Soriano Medina, condenado por la Audiencia Provincial de Zaragoza, sección sexta, en sentencia de 6 de julio de 2010, como autor de un delito de apropiación indebida, a la pena de dos años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante este tiempo y multa de seis meses con una cuota diaria de cuatro euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de octubre de 2013, Vengo en indultar a don Pedro José Soriano Medina la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador, y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.