jueves, 25 de abril de 2013

El acoso domiciliario, legal en España

Queda claro que los secuaces de Ada Colau y sus cómplices judiciales, empezando por el indigno presidente del Tribunal Supremo, han decidido que el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos no tiene vigencia alguna en España. Los jueces izquierdistas siguen con lo suyo: es legal que los piquetes destrocen un supermercado "con un importante volumen de negocio", es legal que los cargos electos del PP sean acosados en su domicilio. Le diría a ese juez cántabro que yo también voy a hacer un escrache, un escrache auténticamente democrático, en noviembre de 2015, cuando se celebren las próximas elecciones, siempre que los defensores del agitprop no conviertan primero España en una república chavista.

Sentencia
En cuanto a lo demás, debe tener en cuenta el denunciante que, como destacado militante y cargo político electivo del partido que apoya al Gobierno de la nación, que los artículos 20 (derecho a la libertad de expresión) y 21 (derecho de reunión pacífica y sin armas) de la Constitución española, legitiman a las personas denunciadas para manifestarse contra los denominados desahucios en cualquier lugar público, como puede ser la calle, ante la puerta de su domicilio, es decir, de manifestar su repulsa respecto a la política gubernamental ante las ejecuciones hipotecarias y de demandar que se cambie, siempre que, como ha sido el caso, lo hagan pacíficamente, y que es servidumbre de todo cargo político, en un régimen democrático (artículo 1.1 de la Constitución española), soportar pacientemente las molestias que le puedan causar este tipo de actos, ya que también se aprovecha las indudables ventajas de serlo, de modo que la protección del honor disminuye (la persona que acepta su carácter público acepta también los riesgos que ello conlleva), y la de la intimidad, aunque no totalmente, se diluye.


Artículo 12 de la DUDH
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.